Japón


• La certificación está regulada por el Organic JAS Standards and Technical Criteria y su normativa complementaria.
• La certificación es realizada por el Organismo de Certificación internacional en Convenio con BioAudita.
• La administración y evaluación del proyecto en Chile es realizada por BioAudita.
• El reconocimiento del manejo anterior es autorizado por el Organismo de Certificación internacional en Convenio con BioAudita.
• No está permitida la certificación de alcoholes, miel y exportadoras.
• Se deben escribir Procedimientos Operativos Estandarizados (POES) para todas las actividades relacionadas al producto a certificar.
• Se debe nombrar un Encargado Técnico y suplente para la implementación de los POES.
• Se debe nombrar un Encargado Auditoria y suplente para la auditoria interna de implementación de los POES y autorización del Etiquetado JAS.
• Los Encargados y suplentes deben asistir a una capacitación sobre la regulación.
• Los cultivos que se establezcan sobre una pradera natural o un desmonte deben pasar por un periodo de transición de al menos un año.
• Solo los productos listados pueden ser utilizados para el control de plagas en instalaciones de procesamiento de productos alimenticios.
• Exige buenas condiciones sanitarias para el procesamiento de productos alimenticios y menciona que éstas deben “propender a una calidad superior de la materia prima y de los productos terminados”.
• Los productos pueden etiquetarse con la denominación “Orgánico” o “Hecho con Orgánico”.
• El sello oficial es obligatorio.
• El Certificado de Transacción Internacional es optativo.
• Durante el mes de abril de cada año deve enviarse un informe comercial (formato BioAudita).

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